Un juez condena al Consorci d'Educació de Barcelona por no actuar ante un caso de bullying a un niño de 4 años

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Acoso escolar

Fuente: Europa Press


El Juzgado Contencioso-Administrativo nº15 de Barcelona ha condenado al Consorci d'Educació de Barcelona, integrado por la Generalitat y el Ayuntamiento, a pagar una indemnización de 3.800 euros a los padres de un niño al no haber actuado ante las quejas por un caso de bullying que sufrió el menor en P4, P5 y primero de Primaria en una escuela de Barcelona entre 2013 y 2016.


En la sentencia el juez afirma no entender por qué el centro escolar no activó el protocolo correspondiente ante casos de acoso escolar pese a tener un informe de una pediatra que apuntaba a un posible caso y un diario de la madre que relataba todos los episodios sufridos en los cuatro primeros meses de 2016.


"Aunque infrecuente, no puede dejar de ser verosímil que un menor sufra una situación de acoso escolar a cortas edades, y lo preocupante e insólito del caso es que no se activara un protocolo de actuación contra un posible acoso", valora.


"Lo razonable hubiera sido su activación", ha valorado el magistrado, aunque solo fuera para descartar que estuviera ocurriendo, cuando la propia Conselleria de Enseñanza considera que el acoso escolar entre iguales se puede ejercer de forma indirecta, por medios muy sutiles, llegando a generar ausencias, abandono escolar o incluso el abandono del centro, como finalmente sucedió en este caso.


Para el juez, "es difícilmente creíble" que unos padres efectúen quejas constantes, continuadas en el tiempo -durante tres años- a un mismo centro, sin fundamentación, por capricho o solo para ser cambiados de colegio, por lo que resalta la inactividad o pasividad del centro para abordar la situación.


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