Santi Vidal, exsenador de ERC y magistrado, no volverá por el momento a ejercer como juez. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha rechazado su reingreso activo en la Carrera Judicial “al constatarse su falta de aptitud como consecuencia de sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones”, que revelan una “falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución”.
Vidal, que hoy cumplía la sanción de tres años de suspensión de funciones que el Pleno del CGPJ le impuso como responsable de una falta muy grave de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de sus deberes (por participar en el redactado de un borrador de Constitución catalana), solicitó su vuelta el pasado 24 de enero. La Comisión Permanente recuerda que dicha sanción acerreó la privación de todos los derechos inherentes a su condición de juez, pero no la pérdida de su condición de miembro de la Carrera Judicial, de modo que la suspensión “no le disculpa de sus obligaciones básicas, cual es primera de ellas la de lealtad constitucional”.
Así en una nota de prensa el CGPJ recoge que este juramento ha sido “repetidamente incumplido” por el juez durante los 3 últimos años y recuerda sus intervenciones y manifestaciones públicas hechas en ese tiempo. Hace referencia a tres conferencias distintas en las que Vidal se refirió a que la Generalitat tenía datos confidenciales en materia tributaria de los catalanes, la adhesión de jueces catalanes al Procés o la desobediencia a las resoluciones de tribunales y del TC.
En este sentido el texto concluye que su “actuación pública” durante el tiempo de cumplimiento de la suspensión implica una “evidente perturbación a la reputación e imagen con la que el Poder Judicial debe aparecer para el cumplimiento de sus altas funciones en un Estado democrático social y de derecho y la constatación de su falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución, que no tan solo decide públicamente no acatar, sino también hacer proselitismo de su desobediencia, incluso haciendo gala de su condición de juez, que por supuesto mantenía incluso en la situación administrativa de suspensión”.
No obstante el acuerdo de la Comisión Permanente señala que la “inidoneidad del magistrado para el reingreso” como consecuencia de su “deslealtad constitucional” no impide que pueda “en el futuro” deducir nueva solicitud. Así recoge que para ello “deberá considerarse el comportamiento que Santiago Vidal mantenga desde este momento en lo sucesivo, así como las acciones claras y terminantes que lleve a cabo y que permitan apreciar que su comportamiento futuro será conforme con el juramento de lealtad a la Constitución que tiene prestado”.